Rectificación de partidas
Documentos a presentar:
1) Escrito firmado por abogado y el interesado según Ley 26662, indicando claramente la rectificación que se desea efectuar.
2) ORIGINAL de las actas que se desean rectificar.
3) ORIGINAL de las actas y documentos que se adjunten para probar el error (DNI, certificados de RENIEC, actas de nacimiento, matrimonio, etc).
IMPORTANTE: Si las actas son de provincia deben estar legalizadas por la RENIEC de LIMA
LAS ACTAS DE NACIMIENTO, MATRIMONIO Y DEFUNCIÓN DEL RENIEC PUEDE OBTENERLAS EN LÍNEA SIGUIENDO ESTE ENLACE:
https://apps.reniec.gob.pe/actascertificadas (Requerirá dar un número de celular y dirección electrónica, además de pagar en línea)
LA NOTARÍA SOLICITA EN LÍNEA LAS PUBLICACIONES EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y OTRO DE CIRCULACIÓN NACIONAL.
IMPORTANTE:
De requerirlo el caso particular, la Notaría se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales.